Historias

Las deportistas y los uniformes. Entre el sexismo y la instrumentalización del cuerpo femenino

Por: Fernando Hernández Martín

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Mireia Belmonte, Serena Williams, Laia Sanz,“A mí me han obligado a llevar el uniforme y, como yo, otras compañeras”. Así de rotunda se muestra una jugadora de Balonmano Playa de la Selección Española que prefiere preservar su anonimato, durante una conversación telefónica. La balonmanista se refiere al artículo 4.8 del reglamento de la Federación Internacional de Balonmano (IHF, por sus siglas en inglés) sobre la modalidad de este deporte en la arena.

El artículo en cuestión señala que “la indumentaria masculina (…) consiste en una camiseta de tirantes y unos pantalones cortos, [mientras que] el femenino [está formado por] tops y la parte inferior de un bikini y posibles accesorios”.

Desde que la noticia sobre la normativa europea saltara a los medios de comunición en 2014, que modificaba la posibilidad de llevar camisa y pantalón corto en los encuentros femeninos, varios equipos españoles comenzaron a hacer público su malestar.

“La Federación Vasca de Balonmano ya ha anunciado que se está planteando el (sic) seguir participando en las competiciones organizadas por la Federación Española (…)”, publicaba en un artículo del diario El País.

Así, y ante las inmediatas protestas que se fueron sumando, tal y como expresan fuentes de la Real Federación Española de Balonmano (RFEBM), se estableció en la Reglamentación y Bases de las Competiciones de Balonmano Playa (NOREBAP 2015/16), que se podría portar “camisetas sin mangas y (…) pantalones hasta medio muslo, tanto para los equipos masculinos como femeninos; siguiendo con el acuerdo alcanzado para la vestimenta femenina por parte del Consejo Superior de Deportes”, aunque “las equipaciones autorizadas por la IHF en su normativa de julio de 2014 también podrán utilizarse”.

Pero cuando se le pregunta a la RFEBM sobre dicho reglamento, afirman que no pueden ofrecer una explicación, pues se trata de una normativa que no es suya. Tampoco quieren hacer declaraciones desde el Consejo Superior de Deportes, a pesar de que es un organismo público ni desde la Federación Internacional.

Por ello, la Asociación por el Deporte Femenino recuerda que hay “mucho secretísimo en este sentido”: “Para campeonatos nacionales, la vestimenta [top y bikini] no es obligatoria, pero sí para los internacionales donde participen equipos españoles.

Este tema ya produjo un revuelo nacional en su día y la Real Federación lo zanjó diciendo que era cosa europea”, especifican .“Creo que estamos acostumbrados a que determinadas cosas no se cumplan sino convienen”, enfatiza la jugadora de la Selección Española de Balonmano. “Estos actos en los que te invitan a llevar dicho uniforme, si se puede llamar así, no son más que estrategias de marketing”.

José Leoncio González, coordinador de Ciencias Sociales de la Universidad Europea de Canarias y profesor de Opinión Pública en Comunicación Publicitaria, entiende que sí, que hay algo de publicidad en el asunto: “Es verdad que los deportes de playa usan un vestuario acorde al terreno de juego. Ya ocurre en vóley playa, por ejemplo”, explica. “Pero sería entendible que a los hombres también se les obligara a jugar en bañador y no es así”, continúa.

A su vez, González cree que se podría estar ante una instrumentalización del cuerpo femenino para atraer masivamente al público. De lo contrario, “la medida se aplicaría directamente a los dos sexos y no solo a uno de ellos”. “Lo que habría que preguntarse es si no hay cabida para usar un uniforme con otras características o si este equipaje favorece en algo”, añade. A esto, la jugadora de balonmano consultada asevera que “no facilita en nada los movimientos ni la comodidad necesaria para jugar”.

 

Es un «error» poner en valor el cuerpo femenino en lugar de la evolución del deporte. Leoncio González

 

Por otro lado, el docente considera que “la posible estrategia de poner en valor el cuerpo femenino en lugar de la evolución del deporte ”es un error, pues “se ha generado una corriente contraria que, lejos de favorecer al [balonmano playa femenino], lo lastra, asumiendo por descontado que carece de interés deportivo en favor de uno de otro tipo”, sentencia.

Ante todo esto, Juan de Dios Crespo, especialista en Derecho Deportivo, Inter- nacional y Comunitario de Ruiz – Huerta & Crespo Abogados, comenta que las normas descritas “no contradicen ningún derecho fundamental, pues se trata de un uniforme aceptado”.

Aún así, recuerda que “ya se hacen excepciones, como en el caso de países árabes que compitieron en Río con otro uniforme en beach volley” y que en el caso del balonmano playa femenino se podría hacer lo mismo. “También la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA) ha aceptado cambios a países de ese mismo entorno para jugar con pantalón largo, por ejemplo”, puntualiza.

De Dios Crespo comenta que, jurídicamente, no puede cambiarse el uniforme constituido por tops y la parte inferior de un bikini, salvo por un acuerdo de la propia Federación, y argumenta que si una jugadora española es forzada a llevar este vestuario en un encuentro nacional, “lo que no puede es aceptar y luego denunciar con boca pequeña”. Por tanto, las invita a buscar la asesoría jurídica pertinente o bien acudir a las asociaciones de jugadoras existentes.

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