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El delito de ser mujer

Por: Janire Alfaya

*Reportaje publicado en 2017*

En 2017, 49 mujeres fueron asesinadas por sus parejas o exparejas en España y 24 menores quedaron huérfanos. De los 49 casos, 11 habían comenzado un procedimiento judicial; 10 notificados a las autoridades por ellas mismas y uno por parte de otros.

Además, según apuntan los datos oficiales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 6 de estas mujeres tenían medidas de protección en vigor. A esta situación se le suman las 125.769 denuncias interpuestas por el daño machista hasta el tercer trimestre del 2016.

Las cifras del global de 2016 ascienden hasta los 142.893 cursos iniciados. Esta crisis establece el punto de mira en la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de 2004.

Myriam Z. Albéniz, asesora jurídica, expone la escasez de fondos dedicados a esta materia, “a la que se añade una manifiesta deficiencia de medios humanos y materiales que, además, se agravan en función del territorio”.

Inés Herreros, fiscal de Las Palmas de Gran Canaria, añade que “las violencias machistas están tan generalizadas y son tantas que los presupuestos son ínfimos porque, efectivamente, no se considera que deban ser una cuestión de primer orden”.

En este sentido, la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer 2013-2016 planeó un presupuesto de 1.558.611.634 euros, de los cuales 357.695.177 euros serían aportados por las Comunidades Autónomas.

Dentro de este total, 760.421.564 euros fueron destinados a “la respuesta de la Administración de Justicia y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.

Uno de los apartados del plan recoge la elaboración de un informe de evaluación final en el que se consideren, entre otros aspectos, “los créditos presupuestarios efectivamente ejecutados”. Casi dos años después, este análisis al término de la iniciativa no ha sido presentado.

No obstante, el debate no se centra únicamente en esta cuestión. Los numerosos casos de agresiones sexuales a mujeres se convierten en una de las mayores representaciones machistas que aqueja el país.  Frente a esto, la opinión pública discute por qué estos crímenes no son considerados por la Ley, que se limita a las vulneraciones cometidas por la pareja o expareja.

Carla Vallejo, magistrada titular en un juzgado de instrucción de Las Palmas de Gran Canaria, declara la existencia de muchas otras transgresiones machistas.

Ejemplo de ello, añade, son el mobbing o la mutilación genital femenina: “son delitos en los que late un profundo fondo y sustrato machista. Y como tal, debería ser objeto del mismo tratamiento especializado y de la misma protección a sus víctimas“.

Fuentes: Consejo General del Poder Judicial, La violencia sobre la mujer en la estadística judicial, Anual 2016; Código Penal; Observatorio Contra la Violencia Domestica y de Género. Información: Natalia G. Vargas y Janire Alfaya Infografìa: Janire Alfaya

 

Por su parte, José Luis Sánchez Jáuregui, fiscal delegado de violencia de género de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, diferencia entre los delitos “contra la mujer” y los recogidos específicamente en la norma de 2004.

Asimismo, añade que “las agresiones sexuales pueden ser contra el hombre, pero, generalmente, son contra las mujeres. Salvo que la cometa el cónyuge o la persona que ha sido el cónyuge, (…) es una violencia sobre la mujer”.

Citas invisibles

11 de las 49 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas en 2017 constaban de denuncias interpuestas. Sin embargo, los datos del Ministerio de Sanidad muestran que 3 de los procesos judiciales abiertos no tuvieron continuación en el tiempo por decisión de la víctima.

Resulta necesario, en este punto, reflexionar en torno al porqué ellas deciden no prolongar el procedimiento o, incluso, determinan no inculpar a sus agresores.

Inés Herreros manifiesta la existencia de “un número altísimo de violencia que está oscura, que no se denuncia y que no se refleja en los números”. En adición, sostiene que el foco debe centrarse en esta tesitura dado que muchas víctimas eluden notificar su situación porque “no se sienten acompañadas o porque no tienen un sistema alrededor que les faculte”.

 

Inés Herreros: “No se considera que las violencias machistas deban ser una cuestión de primer orden”


Por su parte, Demelza Fortes, psicóloga de la Red de Intervención Especializada en violencia de género del IASS, apunta al miedo y al desconocimiento como las primeras causas por las cuales las damnificadas pueden no comunicar su realidad.

A esto se le suman otras barreras: la carencia de apoyo familiar, los recursos económicos que posean y la propagación de mitos como “él va a cambiar” o “eso es que no le das suficiente cariño”.

La psicóloga asegura que “para ellas es difícil dar el paso porque piensan que va a ser temporal (…) Algunas mujeres se dan cuenta en un año de que no va a ser momentáneo y, en el caso de otras, es toda una vida”. Respecto a las construcciones de familia unida y amor idealizado, estas se encuentran latentes cuando la pareja consta de descendientes.

En este sentido, Laura Aguilera asiente que muchas agredidas “esperan a que sus hijos o hijas tengan determinada edad para denunciar”. Aunque puntualiza que, llegado el momento, en ocasiones dichas denuncias no se materializan.

 

Saray Fortes: “cuando las señoras ponen la denuncia luego tienen que ratificarla. Muchas veces no lo hacen»

 

También trabaja en la Red de Intervención Especializada en violencia de género del IASS la abogada Saray Fortes, quien plantea que “en numerosas ocasiones, cuando las señoras ponen la denuncia luego tienen que ratifi carla.

Muchas veces no lo hacen”. Asimismo, matiza las dos posibilidades aplicables ante esta circunstancia: “si no hay pruebas, se sobresee el procedimiento. Pero en caso de que sí haya, éste debe continuar”.

Así, Pilar Matud, experta en Psicología del Género y catedrática de la Universidad de La Laguna, alude a la responsabilidad de capacitar a la víctima para ir al juicio, así como resalta que el sistema judicial “no siempre es el amigo de la mujer”.


En otro plano se sitúa la atención psicológica que reciben los maltratadores para lograr su reinserción en la comunidad. Actualmente, en Canarias estas terapias solo se desarrollan en prisión, hecho que Demelza Fortes valora como “no operativo”.

Esto se debe a las reducciones del tiempo de condena de las que el hombre puede beneficiarse al someterse a estos servicios. “El primer paso para que alguien pueda cambiar es que la persona reconozca que tiene un problema, si no, no se le puede ayudar”, concluye.

 

Los asuntos pendientes de la justicia

La aplicación de la ley contra la violencia de género exige, más allá del conocimiento de la norma, una concienciación amplia sobre la raíz de este problema estructural y omnipresente. Al estar recogido en la legislación española como un tipo de violencia específica, requiere por parte de los profesionales una formación especializada.

Para expertas como Saray Fortes “es más importante la empatía con la mujer. Hay víctimas que se sienten cuestionadas por sus propios abogados”. Jáuregui explica que los jueces reciben unos cursos específicos sobre el asunto antes de ejercer en un juzgado especializado.

Por su parte, los abogados de las víctimas tienen que pasar unas jornadas obligatorias. En el caso de los fiscales que están en el servicio, tienen que hacer cursos.

“Se intenta que todo profesional que se dedica en exclusiva a esto esté suficientemente preparado, pero en Tenerife, salvo en Arona y Santa Cruz, los juzgados no son exclusivos de violencia de género, por lo que no se puede exigir a los profesionales una especialización, porque este asunto es solo una parte de todo lo que tratan”.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

Aguilera sitúa la instrucción del personal jurídico como uno de los puntos débiles del funcionamiento efectivo del sistema, así como la saturación del mismo.

“Para ser abogado de oficio en el turno de violencia te piden un curso de 30 horas que puede ser online”, afirma. La apelación al conocido como Síndrome de Alienación Parental que se emplea en ocasiones por parte de la defensa de los acusados es un ejemplo de dichas deficiencias.

Este recurso consiste en afirmar, ante el rechazo por parte de los menores del núcleo familiar hacia su padre que ha ejercido violencia de género sobre su pareja, que están influenciados negativamente por la madre.

El CGPJ recoge que este supuesto trastorno no está comprobado científicamente. “Los estereotipos de género se padecen igual que en otros ámbitos, pero en el nuestro es más peligroso porque nos encargamos de garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación”, opina Vallejo.

 

“Las mujeres suponen un 12,8 % de la plantilla del Tribunal Supremo”


La composición del poder judicial refleja un techo de cristal que dificulta el avance de las mujeres profesionalmente. A pesar de que el porcentaje de mujeres que ocupan los cargos de juezas y magistradas en activo es mayor que el número de hombres, un 52,7% frente a un 47,3% según el Informe del 1 de enero de 2017 publicado por el CGPJ sobre la estructura de la carrera judicial, su presencia en los órganos de peso a nivel nacional es menor.

Es el caso del Tribunal Supremo, donde las mujeres de la plantilla suponen un 12,8%, o la Audiencia Nacional, con un 37,1%. Vallejo afirma que “la carrera judicial y fiscal está muy feminizada. Sin embargo, los puestos más altos en los que ascender depende de que alguien te elija, son ocupados mayoritariamente por hombres”.

 

Las barreras del idioma

El machismo instaurado en la sociedad hace especialmente notorio en las mujeres inmigrantes. Así lo recoge la Macroencuesta de violencia contra la mujer elaborada por el Ministerio de Sanidad en 2015, que muestra que el 9,5% de las españolas ha sufrido agresiones físicas por parte de cualquier pareja a lo largo de su vida.

La misma cifra, respecto a las extranjeras asentadas en el país, asciende hasta el 20,5%. 

En relación a Canarias, Jáuregui reconoce que existen dos factores estructurales concretos que provocan un elevado porcentaje de violencia de género.

En primer lugar, las agresiones ocasionales producidas entre la población turística: “un tercio del Juzgado de Violencia de Arona trata casos de personas que están de vacaciones”. La segunda incidencia es la presencia de residentes originarios de sociedades donde la discriminación a la mujer está menos perseguida.


Según Carmen Toledano, profesora de la Universidad de La Laguna e investigadora del proyecto Speak Out for Support (SOS-VICS), la normalización de estas actitudes implica que las mujeres extranjeras no hagan visible su situación de maltrato de manera voluntaria.


En 2017, de las 49 mujeres asesinadas en España, 17 eran nacionalidad extranjera, según el Ministerio de Sanidad. Por otra parte, el CGPJ, cifra en un 30,9% el número de víctimas inmigrantes que denunciaron su situación.

 

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

Sin embargo, estos procedimientos judiciales no están exentos de dificultades. El idioma se erige como primer obstáculo. “La incapacidad para explicar su versión de los hechos con precisión aumenta la desigualdad de poder con el agresor. Es un factor que limita la credibilidad de su relato frente al de la pareja y perpetúa la desprotección frente al agresor”, explica Toledano.

Su situación de vulnerabilidad con motivo de las deficiencias que presenta el servicio de traductores que presta la Administración. “Se constata una provisión de asistencia lingüística deficiente e irregular incluso en los encuentros que forman parte de fases del procedimiento judicial en las que la legislación exige la presencia de intérpretes profesionales acreditados”, afirma Toledano.

 

Aguilera y Toledano critican la mala interpretación a mujeres extranjeras víctimas de violencia de género

 

Asimismo, Aguilera coincide en la existencia de esta desprofesionalización: “cuando no hay formación, no es que se inventen las interpretaciones de lo que cuenta la víctima, pero se resta importancia a muchos detalles”.

Las consecuencias de estas dificultades comunicativas existentes resultan desfavorables. Según expresa Toledano, la consumación de las denuncias interpuestas por mujeres extranjeras deriva, en un gran número de casos, en la retirada de las mismas.

Desamparo, incomprensión y miedo son algunas de las sensaciones que sufren las víctimas, las cuales “no siempre reciben un trato digno por parte del sistema penal”.

Consulta el reportaje completo: «Mujeres»

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